De conformidad con lo establecido en el Artículo 14 de la Ley 1581 de 2012, cuando el Titular o sus causahabientes, consideren que la información tratada por LA NOTARÍA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE PEREIRA. Deba ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando deba ser revocada por advertirse el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley, podrán presentar una solicitud ante LA NOTARÍA, la cual será tramitada bajo las siguientes reglas:
1. El Titular o sus causahabientes deberán acreditar su identidad, la de su representante, la representación o estipulación a favor de otro o para otro. Cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del Titular y no se acredite que la misma actúa en representación de aquél, se tendrá por no presentada.
2. La solicitud de rectificación, actualización, supresión o revocatoria debe ser presentada a través de los medios habilitados por LA NOTARÍA SEGUNDA DEL CIRCULO DE PEREIRA indicados en el presente documento y contener, como mínimo, la siguiente información:
a. El nombre y dirección de domicilio del Titular o cualquier otro medio para recibir la respuesta.
b. Los documentos que acrediten la identidad del solicitante y en caso dado, la de su representante con la respectiva autorización.
c. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales el Titular busca ejercer alguno de los derechos y la solicitud concreta.
3. Si la solicitud se presenta incompleta, LA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE PEREIRA deberá requerir al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido de su solicitud.
4. En caso de que quien reciba la solicitud no sea competente para resolverlo, dará traslado a Roberto Chaves Echeverry, en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
5. Una vez recibida la solicitud, se incluirá en la Base de Datos una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que ésta sea decidida.
6. El término máximo para atender esta solicitud será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderla dentro de dicho término, se informará al interesado sobre los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Cuando se utilizan los servicios contenidos dentro de los sitios web de LA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE PEREIRA, esta podrá recopilar información en forma pasiva a través de tecnologías para el manejo de la información, tales como «cookies», a través de los cuales se recolecta información acerca del hardware y el software del equipo, dirección IP, tipo de explorador, sistema operativo, nombre de dominio, tiempo de acceso y las direcciones de los sitios web de procedencia; mediante el uso de éstas herramientas no se recolectan directamente Datos Personales de los usuarios. También se recopilará información acerca de las páginas que la persona visita con mayor frecuencia en estos sitios web a efectos de conocer sus hábitos de navegación. No obstante, el usuario de los sitios web de LA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE PEREIRA tiene la posibilidad de configurar el funcionamiento de las “cookies”, de acuerdo con las opciones de su navegador de internet.
LA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE PEREIRA, en estricta aplicación del Principio de Seguridad en el Tratamiento de Datos Personales, proporcionará las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. La obligación y responsabilidad de LA NOTARÍA se limita a disponer de los medios adecuados para este fin.
Ella no garantiza la seguridad total de su información ni se responsabiliza por cualquier consecuencia derivada de fallas técnicas o del ingreso indebido por parte de terceros a la Base de Datos o archivo en los que reposan los Datos Personales objeto de Tratamiento por parte de LA NOTARÍA y sus Encargados. LA NOTARÍA exigirá a los proveedores de servicios que contrata, la adopción y cumplimiento de las medidas técnicas, humanas y administrativas adecuadas para la protección de los Datos Personales en relación con los cuales dichos proveedores actúen como Encargados.